Por favor, use este identificador para citar o enlazar este ítem: http://hdl.handle.net/20.500.12984/9053
Título : El Notario público y la figura del adscrito
Autor : Manzo Torres, Daniela
Ramírez Leyva, Rafael
Fecha de publicación : nov-2005
Editorial : Universidad de Sonora
Resumen : Al analizar la ley número 163 en vigor del notariado para el estado de sonora, nos encontramos con la necesidad de proponer algunas modificaciones a la misma para que, al actualizarse sirva el propósito para la cual fue creada: que es el de que los notarios presten el servicio público que le corresponda en beneficio de la comunidad sonorense. Históricamente, hemos localizado información sobre el ejercicio del fedatario público, que el siglo XIX, era representado por escribanos públicos, quienes dieron fe de documentos que reflejaban la importancia económica de Guaymas, y su tráfico comercial con diferentes poblados de la entidad, como es el caso de los protestos de documentos mercantiles ante el Lic. Gaxiola, quien, de ser Escribano público en el siglo XIX, se convirtió en notario público a principios del siglo XX. La causal de cancelación de la patente del notario, prevista en el artículo 149 inciso Ill, de la citada ley, es motivo de preocupación para los titulares de las notarías del estado de sonora, quienes han visto a lo largo de los años, lo sucedido a la muerte de sus colegas, y al cierre de sus notarias. En la actualidad la ley arriba citada prevé varias figuras: aspirante de notario, y notario titular, considera así mismo la posibilidad de que dos notarios titulares se asocien para actuar dentro del protocolo del notario de más antigüedad. Sin embargo, el art. 153 de la ley 163, establece las cláusulas de clausura del protocolo y como consecuencia de lo mismo, los libros y el archivo del notario que cesa en funciones se entregan a la dirección general de notarias, interrumpiéndose así cualquier trámite pendiente, el retraso en la autorización de las escrituras y en la integración de testimonios, labores que corresponderán a la dirección general de notarias. En el mejor de los casos, cuando en la notaría cerrada se tuviere toda la documentación, el proceso de autorización de escrituras y armado de testimonios pudiere ser relativamente sencillo, pero la experiencia en nuestro estado ha sido de que, a la muerte del notario, causal principal sino única de clausura del protocolo, se afecta principalmente al usuario de los servicios notariales, se interrumpe el tráfico inmobiliario el estado no recibe en forma puntual el pago de los impuestos y se desquicia la seguridad jurídica de la comunidad en general. Motivo por el cual tratamos corno trabajo de tesis algunas modificaciones a la Ley 163 de nuestro Estado proponiendo una nueva figura, la del Notario adscrito apoyándonos en legislaciones de algunos estados de la República donde ya se maneja esta figura; pero para poder abordar el tema se hace un pequeño análisis de donde proviene la figura del Notario y como ha ido evolucionando con el paso del tiempo y el papel que juega dentro de la sociedad.
Descripción : Tesis de licenciatura en derecho
URI : http://hdl.handle.net/20.500.12984/9053
ISBN : 8549
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